En el rango menor de sanciones que establece la Ley, que es de 1,000 a
1,500 DSMGDF (Días de Salario Mínimo General Vigente en el
Distrito Federal), sólo se contemplan
2 faltas.
En el rango de 1,501 a 5,000 DSMGDF, se contemplan 4 faltas.
En el rango de 5,001 a 20,000 DSMGDF, se contemplan ¡las 18 faltantes restantes!, lo que da un total de 24 sanciones.
Por algunas infracciones a la Ley de Aguas Nacionales, podría perder su concesión, asignación o permiso, e incluso se le puede cancelar o destruir el aprovechamiento de aguas
nacionales.
¡No se arriesgue a perder su
concesión, asignación o permiso, ni a tener que pagar multas de
miles de pesos por infracciones que se pueden evitar! Mejor, ¡CONSULTE
NUESTRA PÁGINA DE SERVICIOS!
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